jueves, 13 de noviembre de 2008

DERECHOS DE LOS TRABAJADORES SOCIALES

Derechos de los trabajadores sociales

1. Desempeñar únicamente las funciones que se señalan en el puesto
2. Percibir los sueldos o salarios que le correspondan por el desempeño de sus labores ordinarias y extraordinarias.
3. Percibir las indemnizaciones y prestaciones derivadas de riesgos profesionales
4. Recibir los estímulos y recompensas conforme a derecho
5. Participar en los concursos para obtener beneficios, por puntualidad, asistencia, dedicación y aportaciones
6. Disfrutar de los dos períodos de vacaciones ordinarias de 10 días hábiles por año, así como los descansos.
7. Obtener licencias con o sin goce de sueldos
8. Recibir trato decoroso, respetuoso y comedido por parte de sus superiores, de los padres o madres de familia y familiares de éstos con quienes tenga trato.
9. Cambiar de adscripción por necesidades del trabajador.
10. Ocupar el puesto que desempeñaba al reintegrarse al servicio después de enfermedad, maternidad, licencia o comisión.
11. Ser indemnizado o reinstalado en su empleo y percibir los salarios caídos, si obtiene sentencia favorable en el tribunal que haya causado ejecutoria.
12. Se incorporará a su empleo, al obtener libertad o condena condicional.
13. En caso de incapacidad parcial, temporal o permanente que impida, desarrollar su trabajo normal, se les asignará un trabajo que este pueda desempeñar.
14. Derecho a participar en los cursos de capacitación técnica, administrativa para el mejoramiento del servicio y su vida como trabajador.
15. El trabajador tendrá una jornada laboral igual a la que rige en la Dependencia siendo esta de lunes a viernes, salvo acuerdo entre el trabajador, la dependencia y la o el beneficiario del servicio.
16. El trabajador social podrá asociarse al/los sindicatos de la dependencia o formar uno nuevo.
17. Tendrá derecho a recibir atención médica, conjuntamente con sus familiares a través del ISSSTE.
18. Tiene derecho a ser inscrito al FOVISSSTE, para ser considerado en la dotación de vivienda.
19. Derecho a contratar un seguro de vida.
20. Derecho a inscribirlo en una AFORE para el retiro.

No hay comentarios: